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Reglamentan la Ley de Paridad en la provincia

Se hizo a través del Decreto N° 279. A partir de este año regirá para renovar concejos municipales. La ley consagra la paridad de género para los cargos electivos y no electivos en los tres poderes del Estado santafesino, incluyendo la fórmula de gobernador/a- vice. Se hace extensiva también a partidos políticos, asociaciones, consejos y colegios profesionales

Autora: Valeria Tonero

A partir de la firma del decreto Nº 279, el gobernador Omar Perotti reglamentó la Ley de Paridad, aprobada el pasado mes de diciembre por la legislatura de Santa Fe, con el aporte materializado mediante el veto propositivo del propio gobernador que extendió el alcance de la paridad a la fórmula gobernador/a- vice.

A partir de este año, y en paralelo con el Decreto N° 280 que fija el cronograma electoral para nuestra provincia y fecha las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) provinciales el 8 de agosto y las generales el 24 de octubre para renovar concejos municipales, habrá paridad en la conformación de listas.

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En ese sentido, la secretaria de Estado de Igualdad y Género, Celia Arena, expresó: “La reglamentación de esta ley es la expresión de una profunda convicción y decisión política de la gestión liderada por Omar Perotti de avanzar en acciones concretas a favor de la igualdad y se erige, fundamentalmente, sobre la lucha multipartidista y multisectorial que viene llevando adelante hace años en nuestra provincia la Mesa por la Paridad y el movimiento organizado de mujeres, que tantas veces desde los márgenes o desde el centro de los debates, fue conquistando espacios y ganando terreno en la agenda pública. Por eso también, para nosotras esta ley es símbolo de reivindicación popular y justicia social”.

“La ley de paridad sancionada por nuestra legislatura, con el aporte que introdujo el veto propositivo del gobernador al incluir la fórmula de gobernador o gobernadora y vice, viene a reconocer expresamente la importancia que reviste la presencia de las mujeres legislando, gobernando, gestionando y ocupando lugares de decisión, para construir agendas plurales y garantizar mecanismos institucionales que permitan seguir cerrando brechas. Somos nosotras quienes en cada banca, en cada intendencia, en cada comuna y en cada espacio de decisión en vecinales, clubes, mutuales y sindicatos, activamos los mecanismos institucionales que aportan a la igualdad y ese es el camino que elegimos acompañar e impulsar desde esta gestión de Omar Perotti”, agregó la funcionaria.

Sobre la reglamentación

Según indica la reglamentación de la Ley 14.002, la paridad alcanza en el ámbito legislativo a los cargos electivos y a los cargos políticos (secretarios/as de bloque, secretario/a legislativo, secretario/a administrativo, subsecretario/a). En adición, el mismo decreto estipula dar claridad a los criterios de elección de las listas electorales.

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Por otro lado, esta reglamentación faculta a la Secretaría de Estado de Igualdad y Género de la provincia de Santa Fe a “promover acciones para la operativización de la paridad, disponiendo a tal fin la facultad de elaborar programas al efecto y celebrar convenios con organismos electorales o partidarios”.

La ley

La Ley de Paridad de Género fue aprobada por la Legislatura el año pasado y, tras una enmienda propositiva del Poder Ejecutivo, consagra la paridad de género para los cargos electivos y no electivos en los tres poderes del Estado santafesino, incluyendo la fórmula de gobernador/a- vice. La norma también se hace extensiva a partidos políticos, asociaciones, consejos y colegios profesionales.

Al establecer que, ante las vacancias que se generen en el ámbito legislativo, de los cargos electivos, los reemplazos se guiarán por las acciones afirmativas del artículo 37 de la Constitución Nacional, la reglamentación resuelve la laguna que tenía la ley de paridad nacional, permitiendo que una mujer pueda reemplazar a un varón a los fines de garantizar la integración paritaria que el órgano debe tener en su composición.