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Ahora que hablamos de violencia sexual hacia las niñeces

¿Es la pedofilia una orientación sexual? ¿Cuándo prescribe un delito sexual contra une niñe? ¿Para que sirve la Educación Sexual Integral? ¿Cómo se denuncian las violencias sexuales hacia niños, niñas y adolescentes? ¿Qué dice la legislación argentina y el Código Penal? Si vamos a hablar, hablemos en serio.
Victoria Stéfano
Autora: Priscila Pereyra

Durante las últimas semanas el país se sacudió con el destape de una red de pedofilia que implicó al productor y ganador de una de las ediciones del reality Gran Hermano, Marcelo Corazza, recientemente detenido en el marco de la investigación penal.

El destape del entramado criminal salpicó tras bastidores a toda la escena del espectáculo nacional. Y en los días subsiguientes se hicieron públicas denuncias y acusaciones que giraron en torno a figuras visibles de los grandes canales de la televisión argentina por parte de Lucas Benvenuto, un joven artista que denunció un abuso sostenido por parte del conductor Juan Martín Rago, más conocido como Jey Mammon y que alcanzó hasta al conductor de Por el mundo, Alejandro Wieger, mejor conocido como Marley.

Lejos de una reflexión que nos oriente a pensar en lo necesario de abordar la problemática con seriedad y haciendo escuela, el estallido mediático en torno a este tipo de violencias terminó en la exhibición de datos erróneos y cargados de desinformación.

Los discursos de los "especialistas" mediáticos traían a cuenta un emparentamiento entre la diversidad sexual y las prácticas de abuso hacia niños y niñas. El binomio LGBT = Pedofilia se echó a correr sin reparos entre los medios y hasta algunos periodistas santafesinos se hicieron eco de la información cargada de estigmas y prejuicios en redes sociales.

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Argentina abusadora

Sobre este punto consultamos a María del Carmen Mangold, que es médica sexóloga y militante lesbofeminista.

"La pedofilia para nada es una orientación sexual" asevera Mangold. Según la profesional de la salud, la pedofilia dentro de la sexología se clasifica en el grupo de las parafilias mayores lo que significa "la atracción hacia lo que está por fuera" en referencia a las convenciones sociales. Específicamente se habla de la atracción sexual hacia un sujeto que no puede consentir una práctica en relación a esa atracción, en este caso hablando específicamente de niñes y adolescentes.

La entrevistada explica que la pedofilia tiene como definición "la atracción hacia niños o niñas" y que tiene que ver con "una conducta sexual que tiene como características, esta y todas las parafilias, de ser la única manera de obtener el placer y que se sostiene en el tiempo".

La especialista contrasta esta noción explicando que "la orientación sexual tiene que ver con la atracción y/o el deseo de enamoramiento; hacia alguien del mismo género entendido como 'homosexualidad', hacia alguien de diferente género en relación al propio, lo que conocemos como 'heterosexualidad', y hacia ambos géneros, denominado como 'bisexualidad' desde lo tradicional a la sexología".

Maria del Carmen amplía además que "en los últimos años se incorporaron tres orientaciones sexuales más que son la asexualidad, la demisexualidad y la pansexualidad" y que son realidades que van relacionadas con el deseo y no tiene que ver con ningún tipo de prácticas que impliquen violencias sexuales en específico.

La profesional sentencia que en relación a las prácticas pedófilas "estadísticamente el abuso y el acoso a las niñeces se produce dentro de ambientes intrafamiliares, y son varones heterocis, quienes los producen" y desliza que "históricamente se le adjudicó desde el prejuicio, desde el odio sistemático" la cuestión de la pedofilia al colectivo LGBTQ+ por lo que siempre es necesario volver a los datos de las estadísticas.

Ya lejos, o no tanto, de las cámaras de televisión y los sillones de los comentaristas de espectáculos, de acuerdo a los datos relevados entre 2020 y 2021 a través del programa Las Victimas contra las Violencias, de Unicef y el Ministerio de Justicia y Derechos humanos de la nación, seis de cada 10 víctimas de violencia sexual en Argentina son niños, niñas y adolescentes (NNyA).

Autora: @mineral.fotos / @trinidad.bussolaro

De acuerdo al informe, 3219 NNyA sufrieron abusos sexuales en el país entre octubre de 2020 y octubre del 2021. La mayoría de los abusos se dieron a niñas en todos los casos, pero particularmente en la franja etaria entre 0 y 12 años fueron perpetrados, en el 56% de los casos, por parte de un familiar directo. Esto varía entre los 12 y los 17 años donde, en mayor porcentaje, el agresor fue un conocido no conviviente.

En cuanto al perfil de los abusadores dentro del entramado familiar, que representa al escenario donde mayoritariamente se dan este tipo de violencias, el 44% de las situaciones corresponden al padre o padrastro del niño, niña o adolescente que denuncia la violencia. El tío, el abuelo y hermano representan el 27,8%. Y sí, varones cis, y heterosexuales en la mayoría de los casos. Alimentar la idea de que el abuso sexual hacia niños, niñas y adolescentes es una orientación sexual es una forma de desinformación peligrosa.

Hablar de violencia sexual hacia niñas, niños y adolescentes es necesario, frente a otro dato sumamente relevante respecto de este tipo de violencias y que se desprende del trabajo del programa antes mencionado. Desde 2016, las denuncias por casos de abuso sexual en la infancia se incrementaron un 151,5%. Y particularmente con la pandemia del COVID-19 en 2020, y el inicio del aislamiento social preventivo obligatorio en marzo de ese año se triplicaron los pedidos de ayuda, cuando los niños, niñas y adolescentes se encontraban bajo el resguardo exclusivo de sus propias familias.

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Hablar para prevenir, hablar para denunciar

La visibilidad de este tipo de violencias hacia las niñeces creció progresivamente durante los últimos años de mano de la agenda política del movimiento feminista y la lucha por la implementación plena de la Educación Sexual Integral (ESI) en las escuelas, a la que casualmente se oponen movimientos ligados a sectores eclesiásticos bajo la premisa "Con mis hijos no te metas". En ese sentido la ESI es una herramienta habilitante para problematizar la autonomía corporal de NNyA y a partir de allí ponerle palabras a las violencias, aprender a identificarlas para prevenirlas, o detectarlas y acompañar los procesos de denuncia en el caso de que ya hayan ocurrido.

Sobre esto consultamos a Jaquelina Bussi, docente y abogada e integrante del estudio jurídico y social Lazos y de la agrupación Docentes Feministas de Santa Fe.

"La ESI es una de las herramientas más significativas para prevenir y develar violencias patriarcales", apunta Bussi para Periódicas, y señala que en el ámbito escolar, esta herramienta está destinada a poder posibilitar a les estudiantes "interpelar las relaciones asimétricas de poder y los vínculos no paritarios, promover la soberanía de las corporalidades, el autocuidado, el cuidado del otre, los derechos sexuales reproductivos y no reproductivos, el conocimiento del goce, del placer, la responsabilidad afectiva" entre tantos otros contenidos que permitan construir subjetividades libres y respetuosas de los derechos humanos.

La formadora reflexiona y cita a Graciela Morgade cuando sostiene que “toda educación es sexual” y sostiene que por tanto las escuelas están plagadas de procesos de educación sexual, pero no todas las educaciones sexuales apuntan a la autonomía. "Desde distintas colectivas feministas exigimos el tratamiento y sanción de una ley provincial de ESI, que pueda insertarse en los tratamientos curriculares sin obstáculos, pero también que promueva la capacitación de docentes en ese sentido, así como un efectivo monitoreo en la implementación" dispara la trabajadora de la educación.

Esto, teniendo en cuenta que Santa Fe no tiene una adhesión específica a la ley nacional de educación (Ley 26.206) y que los sucesivos proyectos en este sentido han sido sistemática ignorados por el Senado de la provincia.

La docente señala además que es importante pensar también en la importancia de la ESI "en los espacios comunitarios y en la formación de profesionales del ámbito público y privado, ya que toda intervención profesional es ética, política y sexual".

Autora: Titi Nicola

Pero la tarea de la ESI cobra mayor sentido en la articulación con otras políticas: las que buscan sancionar las violencias sexuales en la infancia. En este sentido, la profesional de las ciencias jurídicas y sociales también desenreda la vía de la denuncia que se motoriza a partir de las herramientas que propone la ESI, en diálogo con otras normativas vigentes.

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La legislación vigente

Bussi remarca que en Argentina los delitos contra la integridad sexual de niños, niñas y adolescentes están tipificados en el Código Penal, pero que esa tipificación se modificó para dar paso a que la denuncia se descentralice del nucleo familiar y tutelar de las víctimas.

La abogada explica que, hasta el año 2018, estos delitos eran de "acción dependiente de instancia privada". Es decir, que "se requería para instar la acción penal la denuncia de los representantes legales del niño, niña o adolescente". En el camino contra la impunidad y contra el ocultamiento y silenciamiento de los abusos sexuales intrafamiliares, se logró modificar esta realidad con la ley 27.455, mediante la cual la violencia sexual hacia NNyA se convierte en un delito de acción pública.

En lo práctico esta modificación supone que cualquier ciudadane que tome conocimiento de estos delitos debe comunicar a la autoridad administrativa o judicial que corresponda, bajo apercibimientos de incurrir en responsabilidad en el caso de trabajadores de establecimientos educativos y de salud públicos y privados y de todo agente o funcionarie de la administración pública en su conjunto.

En cuanto a la prescripción, que es una de las cuestiones que envuelve a las denuncias de Lucas Benvenuto contra el conductor de televisión Jey Mammón, Bussi señala que es aún una deuda pendiente en el Derecho argentino. "Hasta el año 2011, no teníamos en nuestra legislación ninguna regulación especial en cuanto a los plazos de prescripción de las acciones penales para este tipo de delitos" declara la jurista, y explica que se año se sanciona la Ley 27.705, conocida como Ley Piazza, "que reforma el artículo 63 del Código Penal estableciendo que los plazos de prescripción de los delitos de abuso sexual hacia menores deben computarse desde la mayoría de edad de los denunciantes".

En el año 2015 se sanciona además la Ley 27.206 conocida como Ley de respeto a los tiempos de la víctima, "que recogiendo doctrina y jurisprudencia nacional, así como normas internacionales de derechos humanos, establece que el plazo de prescripción debe computarse a partir de la denuncia que realice la víctima, independientemente de la edad" explicita.

Aunque, de acuerdo al artículo 18 de la Constitución Nacional, las leyes, en nuestro ordenamiento jurídico, no se aplican de manera retroactiva, siendo de una excepción especial en el fuero penal aplicar la retroactividad solo cuando fuera más benigna para el imputado, procesado o condenado como figura en el artículo 2 del Código Penal.

"Este principio de irretroactividad en la aplicación de la ley, es el fundamento legal que esgrimió el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 3 al sobreseer a Mammon" señala Bussi y describe que el año pasado, en torno a este tipo de situaciones penales, el Movimiento Derecho al Tiempo Argentina, presentó un proyecto de ley que aspira a declarar imprescriptibles a los delitos de abuso sexual en la infancia, así como también cambiar la denominación de abuso sexual por violencia sexual.

Para la letrada el avance logrado no es poco, y se logró allanar "un camino favorable a poder develar, y sancionar violencias patriarcales históricamente silenciadas como son los delitos contra la integridad sexual hacia infancias" aunque queda pendiente la discusión sobre la prescriptividad.

Denunciar en Santa Fe

Las denuncias por violencia sexual a NNyA se pueden realizar e toda la provincia de manera presencial en los Centros Territoriales de Denuncias, en los horarios estipulados por cada centro.

En la ciudad de Santa Fe, en cualquier día y horario, el lugar dónde ir es el Centro de orientación a la Víctima de Violencia Familiar y Sexual en calle Lisandro de la Torre 2665.

Otra vía es denunciar de manera virtual, en el sitio oficial del Ministerio Público de la Acusación que recibe denuncias online.