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La comunicación pública que no queremos

radio y televisión santafesina
El canal de televisión de la provincia de Santa Fe reprodujo en sus redes sociales un video viral que promueve discursos de odio, desinforma, y violenta, una vez más, a la población travesti trans. Luego de unas horas en línea, fue eliminado. En esta nota repasamos el rol de los medios públicos, qué leyes se violaron y la importancia de la capacitación en derechos humanos, perspectiva de género y diversidad.
Carolina Robaina y Magdalena Artigues Garnier
Autora: Gise Curioni

Esta mañana Radio Televisión Santafesina (RTS Medios) publicó en su cuenta de Instagram un video viral que documenta una situación discriminatoria propiciada por un árbitro en un partido de fútbol. No reproduciremos el mensaje para no multiplicar su efecto, pero se trata de una frase que se refiere a las identidades trans en tono de burla, de descrédito y negativización.

Luego de unas horas en línea y de múltiples comentarios (positivos y negativos), el video fue retirado sin ningún tipo de disculpa o reflexión al respecto. Esto no se trata meramente de un hecho desafortunado. Una comunicación sin perspectiva de género no solamente es una mala práctica periodística, sino que sostener y reproducir estereotipos discriminatorios está en contra de la ley.

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Violencia mediática

Los medios de comunicación en general, pero principalmente los públicos, tienen la responsabilidad social de no reproducir discursos de odio, discriminatorios y estigmatizantes.

En referencia a este tipo de hechos que suceden prácticamente a diario, la Defensoría del Público sostiene: “Los comentarios ofensivos y las burlas estigmatizantes respecto de las identidades de género no heteronormativas resultan lesivas tanto para quienes son objeto de ese trato discriminatorio como para las audiencias, toda vez que en cada oportunidad que se lesiona la dignidad de una persona o un colectivo, como el Lésbico, Gay, Travesti, Transexual, Transgénero, Bisexual, Intersexual, Queer (LGTTBIQ), se trasgrede, simultáneamente, el derecho de las audiencias al respeto y la promoción de la integración social, libre de discriminación y malos tratos”.

La Ley 27.635 de Equidad de género en servicios de comunicación busca promover en los servicios de comunicación públicos y privados la igualdad real de derechos, oportunidades y trato de las personas, sin importar su identidad de género, orientación sexual o su expresión.

La Ley 26.743 de Identidad de Género establece que los medios de comunicación deben respetar la identidad de género adoptada por las personas. Específicamente el artículo 12 establece la obligación de “Trato digno”, al considerar que todas las instituciones públicas y privadas, como todas las personas, incluidas las que trabajan en un medio de comunicación “deberán respetar la identidad de género adoptada por las personas”.

A su vez, la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres define a la violencia mediática contra las mujeres como “aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”.

Por otra parte, la Ley Micaela establece la capacitación obligatoria en perspectiva de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que trabajan en la función pública, en los tres poderes del Estado, en todos sus niveles y jerarquías. En este sentido, tanto autoridades como les trabajadores de Radio y Televisión Santafesina se encontrarían englobados dentros de este requerimiento.

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El valor de los medios públicos

Radio y Televisión Santafesina es una empresa estatal que fue creada en diciembre de 2013 a través de la ley 13.394, en la cual se expresan sus objetivos, atribuciones y deberes. Allí se señala que: "El servicio de comunicación audiovisual de Radio y Televisión de titularidad del Estado Provincial es un servicio de interés público destinado a la sociedad, que garantiza los derechos de acceso a la información, a la libertad de expresión, a la cultura, a la educación, a la participación, a la preservación, y al desarrollo del Estado de Derecho, (...) cuyo fin primordial es satisfacer las necesidades democráticas, sociales y culturales de la sociedad santafesina, a través de los sistemas de radio, televisión y nuevos soportes tecnológicos.

Entre sus objetivos sostiene que debe "promover y desarrollar el respeto por los derechos humanos consagrados en la Constitución Nacional y en las declaraciones y convenciones incorporadas a la misma; (...) apoyar la integración social de las minorías y atender a grupos sociales con necesidades específicas; impulsar la protección y defensa de la igualdad entre hombre y mujer evitando toda discriminación entre ellos, promoviendo programación en tal sentido".

En un contexto en el cual los medios de comunicación públicos se encuentran amenazados por despidos, recortes, privatizaciones y cierres, más que nunca deberían fortalecer su rol en la construcción de una sociedad plural, respetuosa e igualitaria. La consecusión de seguidores y likes no puede ser con el costo de ridiculizar a una comunidad que de por sí ya se ve forzada a pelear constantemente por los derechos negados por el mismo Estado.

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