DestacadasViolencia machista

Un docente fue absuelto y luego condenado por abusar de sus alumnas

Aldo Luis Scarpín fue denunciado por alumnas por abusos sexuales dentro de una escuela de Reconquista. En mayo, la justicia decidió absolverlo por todos los delitos. La fiscalía apeló y finalmente en diciembre de 2023 lo condenaron a tres años de prisión condicional por seis hechos de abuso sexual simple agravado y tenencia ilegítima de armas.
Thamina Habichayn
jardín san roque
Autora: @mineral.fotos / @trinidad.bussolaro

En 2019, el profesor de Formación Ética y materias afines de la escuela Técnica N°462 de Reconquista, Aldo Scarpín, fue denunciado por abuso sexual contra varias alumnas de los primeros tres años. En mayo de 2022, el docente fue absuelto por todos los delitos que le había imputado la fiscalía: reiterados hechos de abuso sexual agravado, tenencia ilegítima de armas y grooming. Sin embargo, durante los últimos días del 2023 se conoció la sentencia del tribunal de segunda instancia que dio marchar atrás, revocó la absolución y condenó a Scarpín a tres años de prisión condicional por los abusos contra seis alumnas y la tenencia de arma.

El primer fallo de los jueces Claudia Bressán, Mauricio Martelossi y Martín Gauna Chapero en el que lo librabran de culpa y cargo, fue apelado por el fiscal Aldo Gerosa del Ministerio Público de la Acusació (MPA). Tras analizar la absolución en primera instancia y los argumentos de la fiscalía, los jueces de Segunda Instancia Carlos Damian Renna, Martha María Feijoó y Alejandro Tizón, decidieron hacer lugar al recurso del MPA, revocar la absolución y condenar a Scarpín por abuso sexual agravado por la condición de encargado de la educación de las sobrevivientes, en forma reiterada en contra de seis menores de 18 años. También dejaron sin efecto la absolución por el delito de tenencia ilegal de arma de fuego y lo condenaron por portación. Además, ordenaron el decomiso del arma.

Los jueces le impusieron la pena de tres años de cumplimiento condicional por ambos delitos. Debió fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato. No puede tener contacto con las sobrevivientes y debe asistir a un curso sobre violencia de género. Todo eso bajo el control de un juez de primera instancia.

Por otro lado, los camaristas penales confirmaron la absolución del profesor por dos abusos sexuales contra otras dos estudiantes. Por falta de pruebas, tampoco se pudo determinar la existencia del delito de grooming que le había imputado la fiscalía.

Autora: Gise Curioni

Abusos en el aula

La primera denuncia contra el profesor fue realizada por una de las estudiantes junto a su familia en la policía. La joven llegó de la escuela angustiada y le contó a sus padres y su hermano que el profesor Scarpín la había tocado, por lo que decidieron ir a la policía. Esa primera denuncia motivó a las demás estudiantes a que también contaran lo que les había hecho el docente. Lo narraron en el aula junto a sus compañeros y frente a otras profesoras. Así, la fiscalía dio con ocho alumnas que relataron ser sobrevivientes de los abusos de Scarpín. La fiscalía atribuyó al docente delitos de abuso sexual contra las ocho estudiantes mujeres menores de 18 años.

Leer también »  La valentía de dos sobrevivientes de abuso posibilitó una nueva condena

También le imputó a Scarpín el delito de grooming, debido a que dos de las denunciantes narraron que el profesor se contactó con ellas por Facebook y por WhatsApp enviándoles mensajes inadecuados. Además, se le había atribuído la autoría del delito de tenencia ilegítima de arma de fuego, ya que en un allanamiento en su hogar se encontró un arma que estaba a nombre de un familiar y que tenía todas las licencias vencidas.

Durante el juicio declararon seis de las estudiantes que denunciaron a Scarpín, sus familiares, docentes de la escuela que escucharon los relatos en las aulas y profesionales de la salud mental, entre otros testigos. Todos ellos dieron cuenta de la coherencia de los relatos de las jóvenes y de los daños que el profesor había causado. Muchas de las sobrevivientes aseguraron que no se animaron a contar lo que sucedía por miedo a tener represalias académicas.

Autora: Priscila Pereyra

La primera sentencia: absolución

La primera sentencia se dio a conocer el 23 de mayo de 2022, cuando los jueces Bressán, Martelossi y Gauna Chapero absolvieron al profesor de todos los cargos imputados por la fiscalía argumentando que no se trataba de hechos de abuso sexual sino que podrían ser denominados como acoso sexual.

Leer también »  Ahora que hablamos de violencia sexual hacia las niñeces

"Las conductas analizadas constituyen un modo lesivo y desigual de trato entre las personas. De un profesor hacia sus alumnas, de una persona de 57 años hacia niñas de 14/15 años, que implican una forma de violencia física (tocamientos), psicológica (frases), sexual, que demandan un rol activo y eficaz del Estado", explicó el tribunal de primera instancia, pero añadió que en el caso del profesor no existió “contacto corporal que haya afectado las partes sexuales del cuerpo de ninguna de las víctimas” y que por eso “los hechos no resultan adecuados al tipo legal elegido, por más aberrantes o condenables que resulten". En ese sentido, expusieron que “las conductas descriptas, en su integridad, podrían interpretarse como lo que se ha denominado ‘Acoso Sexual’".

Los jueces tampoco lo condenaron por los otros delitos. Por los casos de grooming, indicaron que no se aportó más prueba que la testimonial. No hubo capturas de las conversaciones del profesor con las alumnas y no se registraron el celular ni la computadora del docente.

Por último, el tribunal de primera instancia recomendó al MPA la capacitación de todos los agentes, en particular los fiscales, en relación a la perspectiva de género y técnicas de investigación de datos producidos en contexto de violencia de género. También recomendó al Ministerio de Educación la capacitación de sus agentes bajo la Ley Micaela.

Leer también »  ¿Qué es la justicia feminista?

La apelación y la condena

Durante las últimas instancias de la investigación, la fiscala a cargo fue Georgina Díaz, pero quien realizó las imputaciones, la recolección de pruebas, el pedido de condena y la apelación fue Aldo Gerosa, que todavía se encontraba en funciones durante la condena. Tras conocerse la primera sentencia, el fiscal apeló la decisión de los jueces y reiteró el pedido de 10 años de prisión para el profesor.

Gerosa señaló, en primer lugar, que se trata de un caso de abuso sexual porque hay un uso excesivo y sin consentimiento de los cuerpos de las sobrevivientes que son personas en edad adolescente y pre adolescente. También remarcó que para hablar de abuso sexual no necesariamente los contactos tienen que ser en zonas consideradas sexuales, sino que existió un acto que tuvo la finalidad de generar “respuestas sexuales” o “satisfacer deseos sexuales”. Incluso aclaró que definir como “partes sexuales” solo determinadas zonas del cuerpo es un concepto “restrictivo de la sexualidad y del derecho de la integridad física” de las sobrevivientes.

Por su parte, el abogado defensor de Scarpín, Ricardo Degoumois, solicitó que se confirmara el fallo de los jueces de primera instancia.

Haciendo lugar a la apelación de Gerosa, el tribunal de segunda instancia declaró que lo relatado por las sobrevivientes constituye “una clara e indubitable intención de abuso sexual simple” por parte del docente. Destacaron que el accionar del profesor fue abusivo: “Como garante de los derechos de las víctimas y de toda la sociedad en definitiva, los hechos no pueden quedar impune, ante tamaña acción abusiva, excesiva, desmedida e incomprensible de un profesor ante sus alumnas”.

Para los jueces, los testimonios fueron coherentes entre sí. “Tienen absoluta veracidad según el propio tribunal de baja instancia”, afirmaron. Sobre los hechos en sí, indicaron que el profesor se aprovechó de la “vulnerabilidad” de las alumnas por el “miedo a que no las aprueben, que se bloquee o fracture su proyecto de vida, educación”.

De esta manera, dieron como probados los delitos de abuso sexual agravado contra seis de las estudiantes, que fueron quienes denunciaron al profesor y dieron su testimonio. Fue absuelto por otros dos hechos de abuso porque las sobrevivientes no declararon.

Sobre la imputación por dos casos de grooming, el tribunal de segunda instancia aclaró que no hay pruebas para acreditar la existencia de ese delito. Coincidieron con lo que expuso el tribunal de primera instancia. “La declaración de la víctima debe ser probada también por otros medios especialmente en el delito mencionado con los registros de mensajes peritados, que den certeza del emisor y receptor, como asimismo del contenido del mensaje”, agregaron.

Autora: Thamina Habichayn