Violencia machista

El abusador del jardín San Roque sigue siendo culpable

Fue confirmada ayer la condena a Darío Céspedes, en segunda instancia, aunque le disminuyeron dos años la pena inicial. El docente había sido condenado a 11 años en julio, por lo que ahora cumplirá nueve años de prisión.
Magdalena Artigues
Autora: Carolina Robaina

Este martes el Tribunal de Segunda Instancia integrado por los jueces Alejandro Tizónen la presidencia, Roberto Prieu Mantarás y Fabio Mudry confirmó la condena a prisión resuelta en primera instancia a Darío Céspedes, docente del jardín San Roque.

Céspedes había sido condenado a 11 años de prisión en julio, por haber sido hallado culpable del abuso sexual a uno de sus alumnos, un nene de cinco años. En esta oportunidad el Tribunal entendió que la condena "se ajustaba a derecho", sin embargo decidió disminuir la pena por considerar que se había revocado el agravante de "encargado de la educación”.

A su vez, se confirmó la absolución por un segundo abuso en 2019 (cuando el niño iba a la escuela primaria de la misma institución), por el beneficio de la duda.

Por estos motivos Darío Céspedes deberá cumplir una pena de nueve años de prisión efectiva por ser autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores (Arts. 45. 119 tercer párrafo, 54 y 125 segundo párrafo del Código Penal).

Leer también »  Las claves de la condena al docente abusador del jardín San Roque

La sentencia, punto por punto

Verónica Soulé
Autora: Titi Nicola | CC-BY 4.0

La sentencia detalló las diferentes cuestiones claves que fueron planteadas tanto por la defensa de Céspedes como por la parte acusatoria.

En primer lugar la defensa de Céspedes pidió la nulidad del juicio porque en su momento se extravió en el Ministerio Público de la Acusación (MPA) una prueba presentada por la defensa: una memoria externa con grabaciones de las cámaras de seguridad de la escuela primaria San Roque durante julio de 2019. Al respecto, la sentencia expresa que dados "los distintos períodos de tiempo por los que se lo acusa al imputado, y los elementos probatorios arrimados a la causa, encontramos correcta la decisión del Tribunal de primera instancia de desvincular a esta situación de una probable nulidad".

El segundo punto tratado fue el de la revocación del agravante ya mencionado. Al respecto, la sentencia detalla que en un principio Céspedes fue imputado con el agravante de "haber sido cometidos por el encargado de la educación". En las acusaciones se utilizó el agravante "encargado de la guarda". En una instancia previa (la Cámara de Apelaciones) la defensa apeló este agravante y se resolvió quitarlo, por lo que en esta instancia se decidió bajar la pena.

La tercera cuestión analizada tiene que ver con el cuestionamiento de algunas pruebas presentadas como fotografías de dibujos del niño sobreviviente de abuso y pericias psicológicas. Sobre este punto, se sostiene que no hubo manipulación en las fotografías y que el asesor técnico puede "instruir, aconsejar, ilustrar o informar al abogado o abogada sobre la conveniencia de interrorgar o no al testigo".

El cuarto punto detallado tiene que ver con que la defensa planteó que el fallo era "arbirario, descontextualizado, despersonalizado". En este sentido el Tribunal hace un recuento de las pruebas presentadas: declaraciones en cámara gesell del sobreviviente y su hermano, declaraciones de su mamá, testimonio de la psicóloga a cargo. Y explica que se hizo lo mismo con el segundo caso juzgado (el de 2019) y que en ese caso se lo absolvió. "Por ello no se configuran los supuestos legales cuando se está pfrente a una sentencia medianamente fundada", señala la sentencia.

El quinto punto analiza el cuestionamiento de la defensa de Céspedes, el cual cita: "Luego de realizar numerosas citas dogmáticas (...) arribó a dicho convencimiento con absoluta ausencia de análisis de pruebas". Con respecto a esto la sentencia afirma que "los hechos mencionados en el primer tramo de la acusación y que han tenido a Céspedes como progagonista han ocurrido como fue señalado por la acusación". A esto agrega que hubo una "adecuada valoración de la prueba" y que la "autoría y responsabilidad penal del imputado se encuentran debidamente demostradas (...) especialmente el acceso carnal por el que se lo condenó". Seguidamente en la sentencia se enumeran todas las pruebas presentadas, incluídos numerosos testimonios de otres niñes, sus madres, psicóloga y médico, que no pueden ser reproducidos por Periódicas para salvaguardar la integridad del niño sobreviviente. Con estas fundamentaciones se manifiesta en la sentencia que "nos encontramos ante hechos de índole sexual en los que no resulta coherente pensar que estaríamos ante una historia inventada ni inducida por nadie".

El sexto punto analiza la absolución de Céspedes en el segundo tramo de la acusación (los abusos ocurridos en 2019) en función del "beneficio de la duda". Indica que "no se ha logrado la reconstrucción de una parte importante de los hechos".

El séptimo punto está relacionado al monto de la pena. "Vemos que para fijar la pena a Céspedes, el Tribunal de Primera Instancia analizó la responsablidad del imputado y su grado de culpabilidad, hizo referencias doctrinales y de Principios Internacionales como, asimismo, verificó las atenuantes y agravantes que permiten graduar la sanción penal", indica el juez que preside. Señala que "la revocación de las agravantes previstas en el tipo legal como 'encargado de la educación', esta situación debe tener incidencia y mayor impacto en la pena". Es por este punto por el que se le redujo la sentencia de 11 a nueve años de prisión.

El octavo y último punto detalla la confirmación de la culpabilidad y la nueva sentencia: "Corresponde confirmar parcialmente la sentencia recurrida condenando a Darío Céspedes a la pena de nueve años de prisión como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores". El documento finaliza con la firma de los tres magistrados a cargo, quienes adhirieron a todos los puntos desarrollados.