La defensora pública Gisela Alemandri denunció que una joven trans, detenida en Rosario, lleva un año sin recibir la terapia de reemplazo hormonal que solicitó y que además tampoco recibe el tratamiento de VIH que le fue diagnosticado en febrero de este año.
La defensora pública Gisela Alemandri denunció que una joven trans a la que representa no recibe la asistencia integral a su salud que requiere. Se trata de la terapia de reemplazo hormonal (TRH) que solicitó desde que quedó bajo arresto y el tratamiento de VIH que comezó a tramitar junto a su defensora, al conocer el diagnóstico tres meses atrás.
La abogada hizo público el pedido en una audiencia de juicio abreviado que se realizó el lunes pasado en los tribunales de Santa Fe, por una tentativa de robo calificado que pesa sobre la joven. Tras este pedido, el martes el juez dio la orden de que se le otorgue “la atención y asistencia completa”.
A.M. fue condenada junto a A. F. por cometer un robo en julio de 2023, en una vivienda de Lamadrid al 6600 de la ciudad de Santa Fe. Ambos están bajo prisión desde hace un año en la Unidad 5 de Rosario.
Desde que fue detenida por el delito, la joven informó a las autoridades sobre la necesidad de continuar con su terapia de reemplazo hormonal, garantizada por la Ley 26.743 de Identidad de Género. Según precisó la defensora, ya había sido autorizada en diferentes planteos de habeas corpus, pero a pesar de ello, la joven nunca la recibió.
A su vez, en febrero de este año A.M. fue diagnosticada de VIH pero, según lo que denunció Alemandri en la audiencia del lunes, a casi tres meses de su diagnóstico aún no recibió tratamiento o atención alguna.
El juez a cargo de la audiencia consideró que el planteo de la defensora excedía el tratamiento del juicio abreviado por el robo calificado y que debía realizarse en una instancia aparte. Finalmente, desde la Defensoría Pública confirmaron a Periódicas que el martes 21 de mayo se notificó a la defensora la orden del juez para que “se otorgue la atención y asistencia completa de su defendida”. Además, aclararon que ese mismo martes la joven recibió todas las atenciones requeridas, tanto el tratamiento de VIH como la terapia de reemplazo hormonal. "No solo recibió los antirretrovirales, sino también cuestiones oftalmo y ondontológicas que había pedido", aclararon.
Una “demora” que vulnera varios derechos
En una provincia en la que circulan cada vez con más frecuencia los discursos de mano dura, garrote y castigo para los presos, es muy peligroso pasar por alto este tipo de casos, donde las generalizaciones pueden llevar a que se tolere la vulneración de derechos fundamentales. Si bien la detención implica la privación de la libertad, ésta nunca puede habilitar la negación de cualquier otro derecho.
La prisión preventiva de la joven no puede implicar la interrupción de su terapia de reemplazo hormonal, en primer lugar porque de esta forma se vulnera su derecho al desarrollo personal, ligado directamente con su derecho a la identidad autopercibida, consagrado en la Ley 26.743; y en segundo lugar porque obstaculizar esta terapia es también negar su derecho a una salud integral.
Si bien hace tiempo circulan discursos que plantean a las TRH como “un capricho”, en realidad no son más que una política de salud pública que busca garantizar la autonomía en la toma de decisiones sobre el propio cuerpo.
Por otra parte, en Argentina rige desde 2022 la Ley 27.675 de Respuesta Integral al VIH, Hepatitis Virales, otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y Tuberculosis, que establece el derecho a la asistencia integral a las personas que viven con VIH y al trato digno y respetuoso sin discriminación ni criminalización.
En el artículo 7 de esa normativa se establece que las personas que viven con VIH y están privadas de la libertad tienen derecho a la atención de la salud, la prevención, el diagnóstico y el tratamiento. “Este derecho debe ser garantizado aún cuando las modalidades de ejecución de la pena hagan que la persona se encuentre fuera de las dependencias, como en los casos de prisión domiciliaria”, aclara la norma.
Esta ley también deja firme el derecho a la realización voluntaria de pruebas diagnósticas, con su correspondiente consentimiento. “En aquellos casos en que exista riesgo cierto e inminente de propagación de enfermedades contagiosas, se deberán establecer medidas que integren y equilibren la dignidad personal y la protección de la salud colectiva”, estipula.
Tras varios meses de no recibir su terapia hormonal ni su tratamiento por VIH, la defensa de la joven hizo un planteo que ahora un juez ordenó cumplir. Habrá que ver si efectivamente el Estado santafesino cumple con lo establecido por ley y si las autoridades penitenciarias hacen cumplir la orden judicial.
Son estos casos los que evidencian la importancia de una justicia al servicio de la igualdad de género y de la necesidad de profesionales capacitados para detectar y abordar este tipo de vulneraciones de derechos que las mujeres y disidencias sufren con frecuencia en los procesos judiciales.
Autoras: Federica Kesseler y Thamina Habichayn