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El transfemicidio de Alejandra Ironici, un crimen de odio

Alejandra Ironici
Este viernes por la tarde se llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares en la causa que investiga el asesinato de la activista LGTBI+. El juez Leandro Lazzarini dispuso que el imputado quede en prisión preventiva por el plazo de ley. La fiscala Alejandra del Río Ayala expuso todos los elementos recolectados que evidencian la culpabilidad de H.D.B. y su par Carla Cerliani explicó por qué este transfemicidio configura un crimen de odio.
Noelia Vetach

Alejandra Ironici
Autora: Titi Nicola | CC-BY 4.0

H.D.B, el hombre de 32 años señalado como el autor del transfemicidio de Alejandra Ironici, quedó en prisión preventiva por el plazo de ley. La medida cautelar fue dispuesta por el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Leandro Lazzarini, a raíz del pedido formulado por las fiscalas Alejandra Del Río Ayala y Carla Cerliani en una audiencia que se desarrolló el viernes por la tarde en los tribunales santafesinos.

“El magistrado entendió nuestro planteo de que la muerte de Ironici es un transfemicidio”, es decir, que se enmarca en lo que valoraron las funcionarias del Ministerio Público de la Acusación (MPA), quienes tienen a su cargo la investigación. “También entendió que las evidencias presentadas hasta el momento son suficientes para la instancia del proceso en la que estamos; hizo lugar a las tres calificaciones que atribuimos al hombre investigado y consideró que hay riesgos procesales, tanto peligro de fuga como posibilidad de entorpecimiento probatorio”, agregaron.

Dos días antes, H.D.B. -quien era pareja conviviente de Alejandra Ironici al momento de asesinarla- había sido imputado por el delito de transfemicidio, previsto en el inciso 4 del artículo 80 del Código Penal (que señala que “se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua (...) al que matare (...) por odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”). Además, se trata de un homicidio calificado también por el vínculo (artículo 80, inciso 1) y porque fue cometido mediando violencia de género (artículo 80, inciso 11).

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Además, la Colectiva de Abogadas Translesbofeministas y el Instituto de Políticas Públicas LGBT+, asociaciones civiles que se habían constituido como querellantes en la causa un día antes, también participaron de la audiencia y adhirieron al planteo de la Fiscalía.

La fiscala Carla Cerlinani, jefa de la Unidad Fiscal Especial de Delitos Sexuales de la Fiscalía Regional 2 (Rosario), fue convocada especialmente para dirigir esta investigación junto a Del Río Ayala. En la audiencia, Cerliani planteó que es importante referirse al hecho como un transfemicidio porque “lo que no se nombra no existe” y recordó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) denomina como “crímenes por prejuicio” o “crímenes por discriminación” a la figura que en el Código Penal argentino se identifica como “crimen de odio”.

La diferencia radica en que el crimen de odio per se implicaría la necesidad de demostrar cuál era el estado de ánimo subjetivo -mental y emocional- del imputado al momento de cometer el crimen, mientras que el prejuicio y la discriminación conlleva la necesidad de reunir evidencias objetivas. La CIDH incluso ha brindado una lista de pautas a considerar y cuantas más de ellas se cumplen, aumentan los argumentos para afirmar que se está frente a un crimen por prejuicio o por discriminación.

En el caso de Alejandra Ironici se han identificado, hasta ahora, tres de estos rasgos: en primer lugar, la brutalidad del ataque, verificada en las decenas de puñaladas asestadas, principalmente en la zona de la cabeza, el cuello y el pecho; en segundo lugar, la pertenencia de Alejandra al colectivo LGTBI+ -históricamente sometido a un esquema estructural de múltiples violencias- y su estatus dentro de esa comunidad, para la cual era un referente y una líder; y además, el lugar donde ocurrió el crimen: en la intimidad de su hogar, en el dormitorio, donde Barrero decidió incluso prender fuego el cuerpo.

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Reconstrucción de los hechos

Respecto a la secuencia de los hechos que derivaron en el asesinato, la fiscala Del Río Ayala presentó el testimonio de una testigo protegida, que en la noche del sábado se encontraba en una vivienda contigua a la de la víctima.

Uno de los datos más relevantes es que se pudo establecer como horario probable del crimen el domingo a las 3.30 de la madrugada, es decir, casi 24 horas antes del hallazgo del cuerpo por parte de los familiares de Alejandra. La testigo protegida contó que a esa hora escuchó un ruido fuerte en la casa contigua, como si alguien se hubiera caído, a lo que siguieron gritos que, todo indica, eran de la víctima. Los próximos sonidos que escuchó fueron la descarga del tanque del inodoro y, un rato después, el ruido del auto de Alejandra marchándose del lugar.

Alrededor de las 5 llegó a la casa un sobrino que vivía con Alejandra, quien pensó que su tía estaba durmiendo porque la puerta del dormitorio se encontraba cerrada. El joven se acostó a dormir unas horas y a las 8 se levantó y se fue de la casa.

La teoría de la Fiscalía es que H.D.B. volvió alrededor de las 10 de la mañana con la intención de quemar el cuerpo para intentar ocultar su crimen. Inició el fuego y se fue, dejando la puerta del dormitorio cerrada, lo que terminó por consumir el oxígeno de la habitación y apagar las llamas antes de que consuman el cuerpo.

Además del auto, el imputado se llevó también la computadora y el celular de la víctima. Al teléfono lo mantuvo encendido y activo e incluso lo utilizó para hacerse pasar por Alejandra y escribirle a familiares y amigos de ella, con el objetivo de confundir y desviar la atención.

El sobrino de Alejandra volvió a la casa el domingo a la noche y descubrió lo que había pasado, tras lo cual dio aviso al 911. H.D.B. fue detenido el lunes por la mañana en una vivienda de Padre Dusso al 7.200.

Tras escuchar la exposición de las fiscalas, el juez Leandro Lazzarini hizo lugar al pedido para que el imputado permanezca en prisión preventiva por el plazo de ley. La investigación avanza muy rápidamente: la fiscala Del Río Ayala confirmó que el MPA ya ha logrado recolectar gran parte de las evidencias necesarias y que se encuentran a la espera de los resultados de pericias genéticas y análisis de laboratorio, que suelen demorar. Una vez que esos materiales sean entregados la Fiscalía ya estaría en condiciones de presentar la acusación.