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Tres hombres condenados por abuso sexual a niñas menores de edad

La semana pasada dos abusadores de menores recibieron sus condenas en Recreo y Rafaela. En Villa Guillermina se confirmó a un tercero la pena en segunda instancia.

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Autora: Titi Nicola l CC BY-SA 4.0

Tres varones recibieron condenas por abuso sexual a niñas menores de edad. En Recreo y en Rafaela condenaron a dos hombres que abusaron sexualmente de niñas menores de edad que pertenecían a su entorno familiar. En Villa Guillermina, confirmaron en segunda instancia la condena para un hombre que abusó de su hija adolescente. 

J.A.M. tiene 27 años y fue condenado el 15 de mayo pasado en Recreo. Lo encontraron culpable de abusar sexualmente de su hermana menor de edad. Le ordenaron 11 años de prisión. 

El hombre de Rafaela tiene 33 años y sus iniciales son J.D.O. Lo condenaron a 20 años de prisión por abusar de su hija y de la hija de su pareja. Además, se le atribuyó el delito de haber obligado a quien era su pareja a ejercer la protitución. 

Cristian Darío Zárate tiene 40 años y es de Villa Guillermina. El hombre había sido condenado y se confirmó su condena a nueve años de prisión en segunda instancia. Los delitos de los que se lo encontró responsable son el abuso sexual de la hija adolescente de su pareja. 

Contra su hermana

La condena para el hombre de Recreo fue dispuesta por unanimidad por un tribunal presidido por la jueza Celeste Minniti. Estuvo integrado además por los jueces Leandro Lazzarini y Sergio Carraro. El juicio finalizó el 15 de mayo en los tribunales de la ciudad de Santa Fe. 

La fiscala Jorgelina Moser Ferro y el fiscal Matías Broggi fueron quienes representaron al Ministerio Público de la Acusación (MPA) en el debate. En tal sentido, tras conocer el veredicto valoraron que “se consideró acreditada la atribución delictiva que realizamos y el tribunal optó por una pena cercana a la de 13 años que habíamos solicitado en nuestros alegatos”.

Los fiscales plantearon que “entre mediados de 2015 y principios de 2018, el condenado vulneró la integridad sexual de su hermana”, y precisaron que “por entonces, ella transitaba la primera parte de su escolaridad primaria”.

“Desde que él alcanzó la mayoría de edad, el hombre de 27 años agredió sexualmente a la víctima en reiteradas oportunidades en las que se quedaron a solas en un domicilio en el que convivían”, afirmaron.

En cuanto al inicio de la investigación penal, los representantes del MPA indicaron: “La denuncia fue radicada en 2023 por la madre de la víctima, quien era la pareja del padre del condenado”. Al respecto, manifestaron que “la mujer se enteró de los padecimientos de su hija a raíz de que la niña logró contárselo a la psicopedagoga de la escuela secundaria a la que asiste”.

Al condenado se le impuso la pena por la autoría de abuso sexual con acceso carnal calificado (por el vínculo). Su apellido no se puede dar a conocer ya que es el mismo que la sobreviviente. 

Autora: Gisela Curioni

Dos niñas menores

J.D.O. tiene 33 años y fue condenado por abuso sexual de dos niñas menores de edad en Rafaela. La sentencia fue impuesta por unanimidad por los jueces Nicolás Stegmayer, Juan Gabriel Peralta y José Luis Estévez. El juicio oral finalizó el 21 de mayo en los tribunales rafaelinos. Los magistrados también condenaron al acusado por haber obligado a su pareja a ejercer la prostitución para recibir un beneficio económico.

La fiscala Gabriela Lema, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5, representó al MPA en el debate. Luego de conocer la sentencia del tribunal, la funcionaria judicial manifestó su conformidad. “Si bien aún no conocemos los fundamentos de los jueces, valoramos que hayan resuelto condenar al acusado y que lo hayan hecho por unanimidad", subrayó Lema.

Además señaló: “El condenado agredió sexualmente a su hija biológica y a la hija de su pareja”. Y agregó que “las dos eran menores de edad que, al momento de sufrir los abusos, transitaban su escolaridad primaria”. La funcionaria del MPA además sostuvo que “se aprovechó de la inmadurez de las niñas, de la convivencia preexistente y de que estaban bajo su guarda”.

“En relación con su hija biológica, el condenado llevó a cabo la conducta ilícita el 29 de agosto de 2021 aproximadamente a las 3 de la mañana, en el domicilio familiar que compartían, conducta que cesó en virtud de la oposición de la niña”, señaló la fiscala.

Por otra parte, Lema planteó que “entre 2017 y 2021, el condenado agredió de manera reiterada a la hija de su pareja” y añadió que “también lo hizo en la vivienda familiar que compartían, y aprovechando la ausencia de la madre de la niña”.

La representante del MPA aseguró que “los hechos cometidos por el condenado tuvieron la suficiente entidad para vulnerar el desarrollo libre de la sexualidad de las niñas”.

Explotación económica de la prostitución

Lema también se refirió a los ilícitos que cometió el condenado en perjuicio de la mujer que era su pareja: “Entre 2013 y 2021, obligó a la mujer –con quien convivía– a ejercer la prostitución con el fin de obtener un beneficio económico para él”, remarcó. Agregó que “cuando la víctima se oponía a prostituirse, el condenado la sometía a maltratos físicos y psicológicos”.

Lema aclaró que “todos los hechos ilícitos que se le atribuyeron al hombre condenado fueron perpetrados en un claro contexto de violencia de género y aprovechando la situación de vulnerabilidad de las tres víctimas”.

Condena

En relación con los ilícitos que cometió en perjuicio de su hija biológica, J.D.O. fue condenado como autor de los delitos de abuso sexual agravado (por el vínculo; por ser la víctima menor de 18 años; aprovechándose el autor de la convivencia preexistente y por ser el encargado de su guarda) y promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad; por la convivencia y por la guarda).

Por los abusos en perjuicio de la hija de su pareja, se lo condenó por la autoría de los delitos de abuso sexual; abuso sexual gravemente ultrajante; abuso sexual con acceso carnal y promoción a la corrupción de menores agravada. Las cuatro calificaciones penales fueron agravadas por ser la víctima menor de 18 años. También por aprovechar el condenado la situación de convivencia preexistente y por estar encargado de la guarda de la niña.

Finalmente, la condena fue por la autoría de delito de explotación económica de la prostitución ajena calificada (por la convivencia con la víctima), por los ilícitos que cometió en perjuicio de la mujer que era su pareja.

Como en el caso anterior, el apellido del condenado no se da a conocer porque es el mismo que el de una de las niñas

Autora: Titi Nicola l CC BY-SA 4.0

Confirmación de condena

En Villa Guillermina, por su parte, se confirmó la condena para Cristian Darío Zárate a nueve años de prisión. La camarista Martha Feijoo y los camaristas Eduardo Bernacchia y Roberto Reyes, revisaron la sentencia. Lo hicieron a partir de sendos recursos presentados por la Fiscalía y por la Defensa del condenado. La audiencia de apelación se llevó adelante en los tribunales de Vera y el fiscal Norberto Ríos representó al MPA.

“Valoramos la confirmación de la sentencia condenatoria", subrayó el fiscal. Además, explicó que "los camaristas mantuvieron la calificación penal que planteamos en nuestra acusación, la misma que el tribunal de primera instancia impuso al condenado en el juicio oral”.

Ríos también destacó que “tanto la víctima –que en la actualidad ya es mayor de edad– como personas de su entorno nos manifestaron su conformidad con lo resuelto e hicieron hincapié en que se hizo justicia”.

El funcionario señaló que "el condenado agredió sexualmente a la víctima a principios de 2023". Agregó que "por entonces, ella iba a la escuela secundaria". Según puntualizó, "los abusos tuvieron lugar en una casa en la que ambos convivían con otros integrantes del grupo familiar".

Ríos indicó que "para concretar su conducta delictiva, Zárate aprovechó momentos en los que se quedó en el inmueble con la adolescente y con los hermanos menores de ella, quienes presenciaron los ilícitos". Aseguró que "para que no contaran lo ocurrido, el condenado los amenazaba con pegarles y les decía que si hablaban también le haría daño a la madre de los menores”.

"Por las características de los abusos y el contexto de violencia doméstica, lo sucedido tuvo entidad suficiente para afectar el libre y progresivo desarrollo sexual de la víctima", sostuvo el fiscal.

Ríos manifestó que "más allá de las intimidaciones, la adolescente que sufrió los ilícitos logró hablar del tema con personas cercanas a ella", y destacó que "su padre fue quien radicó la denuncia que dio origen a la investigación".

"Al ser entrevistada por una psicóloga, la víctima pudo dar cuenta de forma contundente de las conductas delictivas del condenado", remarcó Ríos.

Calificación penal

Zárate fue condenado como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal calificado (por la convivencia preexistente con la víctima, quien era menor de edad).