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Cannabis medicinal: las madres santafesinas ante la Corte

Este miércoles las madres santafesinas agrupadas en la asociación Macame, que buscan la despenalización del autocultivo de cannabis para poder seguir tratando a sus hijes, se presentarán en una audiencia pública convocada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El Estado santafesino también estará en la audiencia, pero se expresará contra el reclamo de las madres. Publicada originalmente en Periódico Pausa.

Créditos: Mamás por el Cannabis Medicinal Santa Fe (Macame)

Las mujeres y madres santafesinas serán, este miércoles 27 de abril, una de las caras visibles de la lucha que miles de otras madres y familias de todo el país vienen librando desde hace mucho años: la Corte Suprema de Justicia de la Nación escuchará directamente su reclamo por la despenalización del autocultivo de cannabis medicinal.

A las 10 de la mañana, en Buenos Aires, se realizará la audiencia pública en el marco de la causa Asociación Civil Macame y otros c/ Estado Nacional Argentino-P.E.N. s/ amparo ley 16.986. En esta audiencia de carácter informativa serán oídos en su calidad de Amigos del Tribunal: el Instituto de Derecho Constitucional del Colegio de Abogados de Santa Fe; la Asociación Civil Fe y Esperanza Papis Adicciones; el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS); y el Laboratorio Industrial Farmacéutico Sociedad del Estado (LIF).

Posteriormente expondrán Eduardo Ezequiel Casal (Procurador interino General de la Nación) y Stella Maris Martinez (Defensora General de la Nación). Por último, los cortesanos escucharán a la parte actora, Mamás Cannabis Medicinal (Macame) -con la representación de los abogados Domingo Rondina, Mariano Bar y Guillermina Fregona-; la demandada, el Estado Nacional -con el apoderado Santiago Cordido y el letrado Carlos Fernández Vigil-; y la tercera citada, el gobierno de la provincia de Santa Fe, con el apoderado Fernando Boni.

"Nosotras lo que vamos a plantear es la despenalización del cultivo de cannabis con fines terapéuticos. Es un pedido que venimos haciendo desde el año 2018, que fue rechazado en dos instancias provinciales y que con nuestros abogados decidimos seguir directamente en la Corte Suprema", explica Laura Acosta, presidenta de Macame, en diálogo con Pausa. "Ahora la Corte nos llama a esta audiencia pública nacional para tratar nuestro pedido".

"Lo que se está discutiendo es la facultad que tienen las familias, madres y padres para cultivar cannabis con fines terapéuticos sin control del Estado", explicó el coordinador del Área Política de Drogas de la Asociación Pensamiento Penal (APP), Andrés Bacigalupo, al periódico Página/12. "Lo que discutirán es la obligatoriedad de tener que inscribir a los niños en un programa de experimentación para obtener el aceite (industrial) de manera gratuita por parte del Estado o en el Registro del Programa Cannabis (Reprocann) para acceder al cultivo controlado de la planta de cannabis en sus casas", agregó.

Según la Ley 27.350 de 2017, las personas con patologías contempladas para el tratamiento con cannabis medicinal pueden acceder a éste de dos maneras: mediante la disponibilidad del aceite fabricado industrialmente -ya sea a través de la adquisición, la provisión por obras sociales y prepagas, o suministrado de forma gratuita por el Estado a partir de la inclusión del paciente en el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis- o mediante el autocultivo habilitado sólo para quienes estén inscriptos en el Reprocann, que permite tener entre 1 y 9 plantas florecidas a partir de prescripción de un médico que también debe estar inscripto en esta base de datos.

"Hay dos cuestiones: la primera es que la ley habilita al Estado argentino a entregar de manera gratuita el cannabis por motivos de salud solo en aquellos supuestos en que la persona se someta a procesos de experimentación que podrían afectar tu integridad física y psíquica", comentó el director de litigio del CELS, Diego Morales. "La segunda es que el Reprocann tiene regulaciones que no impiden que la Justicia criminalice a los autocultivadores inscriptos, porque vos podés hacer el pedido de inclusión pero no necesariamente este reconocimiento es inmediato. Por otro lado, es un reconocimiento vigente solo por un año, un límite que pueden habilitar la criminalización".

Sobre la regulación y las condiciones para el cultivo establecidas a través del Reprocann, Laura Acosta explica: "Nuestros chiquitos tiene, en su mayoría, un deterioro bastante grande, con patologías muy severas como para estar perdiendo tiempo en muchos trámites. Nos parece totalmente injusto que hoy, habiendo tantos tratados en Argentina, donde provincias como Jujuy y La Rioja están plantando como empresas, las madres tengamos que seguir dando esta lucha por un derecho legítimo, fuimos el primer eslabón de esta lucha y estamos siendo el último en ser atendido".

El reclamo de las madres cultivadoras es que necesitan libertad -y garantías del Estado- para plantar variedades y cantidades de plantas con las cuales ir atendiendo las necesidades de sus hijes. Además plantean que el Reprocann les exige que la habilitación la de un médico que debe también estar inscripto en el registro, cuando ellas y su niñes ya tienen sus propios especialistas "a quienes tampoco podemos obligar a entrar a un registro", comenta Acosta.

El Estado vs las madres

Una de las partes que se pronunciará en contra del derecho de las familias a ser facultadas a cultivar para sus hijos sin control del Estado es, justamente, el Estado santafesino

A principios de abril el abogado y apoderado de la provincia, Fernando Boni, presentó un escrito ante la Corte en el que dejó asentada la postura del gobierno de Perotti: en el ámbito provincial, dejar el manejo de la producción en manos del Laboratorio Industrial Farmacéutico (LIF) y en la industria; y en el nacional, seguir las condiciones establecidas por el Reprocann. El Estado santafesino plantea que con esto no es necesario que siga el juicio en la Corte.

"Estamos pidiendo que se pueda autocultivar y no estar obligados a adquirir productos de laboratorios", precisó Domingo Rondina, abogado patrocinante de Macame, al portal Aire de Santa Fe. "Nosotros no queremos someternos a inscripciones porque se trata de una acción privada que no tiene por qué ser inscripta".

"Ellos dicen que lo que está habilitado son los aceites que vienen del LIF, que a nosotras claramente no nos sirven sino no estaríamos haciendo esto, no estaríamos yendo a la Corte", explica Acosta. "Dicen que tiene políticas públicas sobre el cannabis, pero eso claramente tampoco es así, porque sino las familias no recurrirían a Macame en busca de alternativas".

Consultada sobre por qué la producción del LIF no cubre las necesidades de sus hijos e hijas, Acosta comenta: "En los casos de epilepsia refractaria, por ejemplo, algunos chicos pueden responder bien a los aceites del LIF, pero sabemos que las epilepsia refractaria son, justamente, refractarias a cualquier tipo de aceite, por eso nosotras necesitamos variedades, necesitamos cambiar de vez en cuando, así que no es que no sirve". Y para finalizar dice con claridad: "Simplemente tenemos que plantar".

La audiencia de este miércoles comienza a las 10 de la mañana y puede seguirse en vivo a través del canal oficial de la Corte en Youtube.