Este jueves en los Tribunales de Reconquista, los jueces Sergio Olivera, Martín Gauna Chapero y Gustavo A. Gon, condenaron a prisión perpetua a Leonardo Godoy y Pascual Fagúndez por abusar sexualmente y asesinar a la niña de 14 años. Sin embargo, absolvieron a Juan Godoy y Brian Altamirano, quienes habían sido imputados y acusados por los mismos delitos.
Rocío Magalí Vera fue asesinada en la madrugada del 12 de julio de 2020 y su cuerpo fue desechado en un descampado detrás de un local abandonado de Reconquista. Según la fiscalía y la querella, del femicidio participaron seis varones. Este jueves, el tribunal integrado por los jueces Sergio Olivera -presidente-, Martín Gauna Chapero y Gustavo A. Gon, condenó a dos de los mayores que participaron del hecho y absolvió a los otros dos, imputados y acusados por los mismos delitos. Además, dos meses atrás habían sido condenados dos menores de edad que también fueron encontrados culpables del crimen.
Leonardo Gastón Godoy (31 años), Pascual Fernando Fagúndez (24), Juan Daniel Godoy (33) y Brian Carlos Altamirano (23), fueron imputados y acusados como coautores de los delitos de abuso sexual con acceso carnal calificado por la comisión de dos o más personas y por la intervención de menores de edad; en concurso real con homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía, para ocultar otro delito y por mediar la violencia de género, y por la intervención de menores. Además, se los acusó del delito de amenazas.
Este jueves, el tribunal decidió condenar a prisión perpetua solamente a Leonardo Gastón Godoy y Pascual Fernando Fagúndez a causa de todos los delitos por los cuales se los acusó, a excepción de las amenazas de las cuáles fueron absueltos. A los últimos dos, es decir, a Juan Daniel Godoy y Brian Carlos Altamirano se los absolvió de culpa y cargo por todos los hechos.
El fiscal a cargo de la investigación, Aldo Gerosa, había pedido prisión perpetua para los cuatro acusados. En representación de la madre de Rocío, la querella estuvo a cargo de las abogadas María Laura Tailleur y Mariana Cisera, del Centro de Acción Judicial, y en representación de la hermana, estuvieron Carolina Walker y Matías Pautasso, de la ONG Juanito Laguna.
Tras el veredicto, Walker habló con Periódicas y sostuvo que el jurado “evidentemente, hizo una valoración distinta de la prueba expuesta en el juicio” y sostuvo que no se tuvieron en cuenta los parámetros internacionales que deben respetarse en una causa en la que hubo violencia de género. “Al tratarse de un feminicidio, se deberían haber aplicado los estándares internacionales, hay una obligación del Estado de valorar las pruebas en base a esos parámetros, es decir, con perspectiva de genero. Eso no ocurrió”, expuso la abogada querellante.
Walker anticipó que esperarán los fundamentos de la resolución y probablemente apelarán la decisión del tribunal. “Consideramos que de acuerdo con la prueba, todos los imputados participaron de los hechos del mismo modo, a excepción de uno de los abusos que solo fue cometido por dos de ellos”, afirmó.
Sobre los hechos imputados, aclaró que la fiscalía pudo corroborar dos abusos. En uno de ellos participaron todos y en el otro, solo dos personas. Pero agregó que tanto para la fiscalía como para la querella, “todos fueron coautores del feminicidio de Rocío”.
Los hechos imputados
Rocío salió de la casa de su padre el 12 de julio de 2020 a la noche y fue llevada engañada al lugar donde la esperaban otras cinco personas más. Al llegar al local abandonado en el barrio Carmen Luisa de Reconquista, el grupo de varones le dijo que la iban a violar. Ella se negó, gritó y quiso huir, por lo que los imputados la golpearon para retenerla. Luego la atacaron sexualmente.
Le provocaron fracturas en la cabeza y heridas en otras partes del cuerpo, además le causaron quemaduras de segundo y tercer grado. Los seis hombres juzgados abusaron de Rocío y luego desecharon el cuerpo en una zona cercana de pastizales. Allí, dos de ellos volvieron a abusar de la niña.
La fiscalía estima que la muerte de la joven fue entre la 1.30 y las 2 de la madrugada. El cuerpo de Rocío fue encontrado al día siguiente pasadas las 17.30 y a los tres días del crimen las seis personas que participaron del hecho fueron imputadas y quedaron en prisión preventiva.
El fiscal definió al femicidio de Rocío como “uno de los hechos más aberrantes” que investigó en su carrera.
Condena a los menores
Los menores fueron condenador en abril de este año. Ezequiel Godoy fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal calificado por la comisión de dos o más personas, en concurso real con homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía, en concurso de dos o más personas, para ocultar otro delito y por tratarse de una mujer y mediar violencia de género.
Por su parte, Luis Fernándo Velázquez, fue declarado partícipe necesario del delito de abuso sexual con acceso carnal calificado por la comisión de dos o más personas, en concurso real con homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía, en concurso de dos o más personas, para ocultar el delito y por tratarse de una víctima mujer y mediar violencia de generó.
Ambos fueron absueltos por el delito de aborto, a pesar de que la joven estaba embarazada de dos meses al momento de su muerte.
Por Thamina Habichayn