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Trabajo, cuidado y brechas: el impacto de la Reforma laboral en las mujeres

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Luego de 50 años, Argentina modificó su marco laboral y de protección a las y los trabajadores. ¿Cuáles son los ejes de la Reforma laboral y cómo afectan a las mujeres? Distribución del tiempo, indemnizaciones, período de prueba, flexibilización, monotributo y plataformas. Conversamos con Guillermina Benitez, secretaria de Acción Gremial de La Bancaria Seccional Santa Fe.

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Crédito: Periódicas

A fines de febrero se convirtió en ley la llamada Modernización Laboral. La legislación cambia de plano todo el universo de las y los trabajadores privados, eliminando derechos consolidados hace mas de 50 años.

Cambios en la jornada de trabajo, indemnizaciones y negociación colectiva fueron algunos, entre muchos ejes, discutidos en el nuevo marco.

Desde el gobierno nacional sostuvieron, durante todo el debate, que la flexibilización estimulará inversiones y, por tanto, crecerá el trabajo formal. Del otro lado, sindicatos y trabajadores organizados apuntan a la pérdida de marcos de protección y derechos conquistados hace décadas, como la huelga.

Al respecto conversamos con Guillermina Benitez, secretaria de Acción Gremial de La Bancaria Seccional Santa Fe que señaló que "la Reforma Laboral no busca la igualdad ni más acceso al mundo del trabajo para las mujeres, por el contrario, es absolutamente regresiva".

Uno de los efectos más directos se da sobre la distribución y disposición del tiempo y la arquitectura del sistema de cuidados hacia el interior de las familias como lo conocemos, aunque no en menor proporción también mina la regularización de las condiciones laborales, así como el acceso, la inserción y la permanencia de las mujeres en el mercado laboral en general.

Lo cierto es que, según datos del Indec, previos a la Reforma laboral, ya existía una brecha de género en cuanto al desempleo: 7,4% en mujeres sobre 5,9% en varones. Lejos de una solución posible, el nuevo marco no contempla políticas para solucionarla y por el contrario posibilita agravarla aún más.

Distribución del tiempo y los cuidados

Medidas contempladas en la normativa, como la estandarización del banco de horas y la jornada extensible hasta 12, cambian de plano el mapa de segmentación y uso del tiempo sobre el que se delinea todo el sistema de cuidados.

Este punto en particular exacerba la ya desigualmente distribuida responsabilidad de cuidado, minando la posibilidad de las mujeres a acceder al mundo laboral.

Las mujeres trabajadoras, con una, dos o hasta tres jornadas laborales rentadas, por fuera del trabajo de cuidado realizado en el hogar, se ven paradas frente a la crisis de la sostenibilidad de la vida.

En cuanto al fraccionamiento de las licencias a voluntad de los empleadores, también cercena el control del propio tiempo. Esta medida en particular desorganiza aún más los tiempos de cuidado y hace más difícil coordinar horarios con otras responsabilidades.

Se pone en jaque el calendario estático que marca, por el ejemplo, el ciclo de escolaridad y los recesos estacionales, y deja desprotegidas a las trabajadores frente a vicisitudes como los cuidados por enfermedad y la posibilidad de acoplar esas licencias a los requerimientos de la vida cotidiana.

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Sobre estos puntos, Benitez apunta que "afectan la organización que las mujeres hacen en su cotidiana para todo lo que recae en ellas que son las tareas de cuidado, por eso también conocemos que las mujeres tienen dos, tres y en momentos de crisis hasta cuatro jornadas laborales".

"Este banco de horas, esta disponibilidad que la patronal hace del tiempo, sólo desorganiza la vida de las trabajadoras, les quita previsibilidad de su día a día", indica.

Otro de los puntos señalados por la gremialista, es la reducción en los días por maternidad y las licencias por paternidad, que quedaron tal cual estaban estipuladas en la ley anterior. "En lo que respecta a la licencia por maternidad, se mantiene el período de 90 días. Aunque antes de la Reforma, 30 días podían ser solicitados antes del parto y hoy acortan eso y sólo pueden ser 10 días antes del parto".

"Si la patronal te pide que te quedes trabajando hasta 10 días antes del nacimiento no podés negarte porque hay una relación desigual de poder y puede ser un causal de despido, lo que en el caso que estés en el período de prueba directamente sería sin indemnización además" señala.

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El teletrabajo

La modificación de la ley de teletrabajo, también contenida en la Reforma, impone elegir teletrabajar full time o la presencialidad, no permitiendo más el sistema híbrido, lo cual "nosotros sabíamos que favorecía a la salud mental de las trabajadoras fundamentalmente, porque una trabajadora que está teletrabajando, no sale de su contexto de cotidianidad y consecuentemente de las tareas de cuidados".

Este cambio, en cuestión, perpetúa el ciclo de cuidados impidiendo la posibilidad de la desconexión digital. "Entonces la trabajadora está todo el tiempo conectada y a su vez ejerciendo los roles de las tareas de cuidado", explica Benitez.

Cálculo en indemnizaciones reforma laboral

El cambio en las indemnizaciones y la exclusión de ítems también perjudica a las mujeres, que suelen ser más afectadas por despidos en contextos de crisis. Y un cálculo menor a la hora de indemnizar, se traduce en menos protección económica tras perder el empleo.

Según Benitez ello no solo "facilita a los empleadores poder realizar despidos arbitrarios y hasta incluso pagar esas indemnizaciones en cuotas" sino que se refleja directamente en que "son cada vez más las mujeres que salen del sistema del mundo del trabajo para pasar a la informalidad" y "se sigue profundizando la feminización de la pobreza".

Período de prueba

En cuanto a la extensión del período de prueba, la Reforma laboral también atenta contra la estabilidad del empleo de mujeres, muchas de las cuales realizan trabajos inestables o informales, y puede dificultar la permanencia en el mercado formal.

Sobre este punto, la sindicalista bancaria, explicita cómo deja expuestas a las mujeres y menciona que "ese período de prueba, que puede extenderse hasta un año, permite que si una trabajadora queda embarazada la patronal pueda despedirla sin causa, porque se supone que está dentro del período de prueba".

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Incentivo a la inestabilidad

Otra medida introducida elimina las multas por trabajo no registrado o mal registrado. En ese sentido, en Argentina, la brecha salarial de género se da por actividades, no dentro de una misma actividad. Las actividades feminizadas cobran menos y están más precarizadas, como sucede, por ejemplo, con el sector de las trabajadoras de casas particulares.

"La ley hoy no incentiva a que se formalice esas trabajadoras, por el contrario, elimina las multas para esos patrones que no tienen registradas a esas mujeres, y esas mujeres que no están registradas no pueden acceder a una obra social y el día de mañana no van a poder acceder a una jubilación. Eso atenta directamente contra las mujeres", dice la entrevistada.

FAL

Aunque, entre todos los puntos perjudiciales hay otros que son mas indirectos. La instauración del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) destina a ese fin fondos previsionales y de las Asignaciones Universales por Hijo, financiando los despidos en el sector privado con dinero público y desfinanciando la seguridad social de la que son beneficiarias otras mujeres.

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Una Reforma laboral contra los sindicatos

Otro de los puntos implicados se desprende del menor poder sindical como consecuencia de la nueva ley. Esto se traduce en menos capacidad para negociar condiciones específicas como la flexibilidad de horarios o licencias por maternidad que históricamente han sido necesarias para las trabajadoras.

La derogación de la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo apareja la pérdida de vigencia de los derechos laborales con perspectiva de género, porque "se vuelve a los convenios colectivos de trabajo de origen", explica Benitez.

Ello incluye, entre otros, las licencias por violencia de género, los protocolos de actuación ante situaciones de violencia de género dentro del ámbito de trabajo y horas de lactancia, que no existen en los convenios de actividad, lo que, según la entrevistada, "deja en un estado de vulnerabilidad a las trabajadoras y a sus condiciones laborales".

Pero esta modificación, además, "apunta a que las negociaciones en vez de ser colectivas sean individuales en donde termina habiendo una asimetría entre la trabajadora y el empleador a la hora de poder acordar algo, y hasta incluso a que las negociaciones sean por empresa, claramente generando una situación de debilidad para la clase trabajadora en general".

Monotributo y plataformas

¿Qué pasa con las monotributistas? A partir de la Reforma laboral pasan a ser excluidas, así como el resto de trabajadoras y trabajadores freelance y de apps.

¿Por qué dejar por escrito esto en una ley si de todas maneras esas modalidades del trabajo ya gozan de pocos o ningún compromiso con las estructuras que les emplean ni derechos garantizados?

La respuesta es mas corta que la pregunta: lo que hace es legalizar la precarización. Convierte la intemperie de derechos laborales en norma.