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Aumentan pena por tentativa de femicidio en Santa Fe

Se trata de Claudio Simón Castellano, a quien un tribunal de segunda instancia le ordenó cumplir 16 años de prisión. El agresor había recibido 12 años y seis meses de prisión. La condena también aumentó porque intentó quitarle la vida a un vecino de su pareja. La fiscal Milagros Parodi representó al MPA en las diferentes etapas del proceso judicial.

Autora: Titi Nicola | CC-BY-SA-4.0

La pena a un hombre condenado por tentativa de femicidio en Santa Fe fue elevada a 16 años de prisión por un tribunal de segunda instancia. Se trata de Claudio Simón Castellano, quien además fue hallado culpable de obligar a su expareja a prostituirse y de intentar matar a un vecino que intervino para defenderla.

Los camaristas que confirmaron parcialmente la sentencia son Fernando Gentile Bersano (presidente del tribunal), Bruno Netri y Roberto Prieu Mántaras. Los magistrados analizaron el fallo recurrido luego de haber escuchado a las partes en la audiencia de apelación. La misma se desarrolló en los tribunales de la capital provincial.

La fiscala Milagros Parodi representó al Ministerio Público de la Acusación (MPA) en las diferentes etapas del proceso judicial y fue quien solicitó a la Alzada un incremento en el monto de la pena. En tal sentido, valoró que “los camaristas consideraron que los ilícitos por los que Castellano fue condenado están lo suficientemente probados y dispusieron más años de prisión que en primera instancia”.

Por otra parte, mencionó que “más allá de que la Defensa también apeló la sentencia, el tribunal que la revisó rechazó todos sus requerimientos”.

Atenuantes y agravantes

Parodi indicó que “el tribunal del juicio oral no había fundamentado de forma adecuada el monto de la pena impuesta”. Al respecto, expuso que “tras valorar diversos agravantes, prácticamente había optado por el mínimo legal, lo cual no es coherente con la gravedad de los ilícitos cometidos por Castellano”.

La fiscala explicó que “los jueces de primera instancia habían contemplado los atenuantes en mayor medida que los agravantes”. Ejemplificó que “la violencia de género en perjuicio de la mujer que resultó víctima había sido subestimada”. En esa línea, en el fallo de Cámara se sostiene que “la pena determinada por el tribunal del juicio oral no resulta acorde a los argumentos vertidos en la decisión”.

Arma blanca

La funcionaria del MPA señaló que “entre 2018 y 2022, el condenado y la víctima mantuvieron una relación de pareja y de convivencia intermitente”. Además añadió que “él la obligaba a prostituirse y se apropiaba del dinero que ella obtenía a partir de los encuentros sexuales con otras personas”.

“De manera habitual, Castellano también agredía físicamente a la mujer, la amenazaba de muerte, la celaba y controlaba sus amistades y vínculos familiares”, remarcó la fiscal.

En tanto, subrayó que “en un momento en el que no eran pareja, Castellano fue hasta la casa de la víctima, en el barrio Alto Verde, ingresó sin autorización e intentó apuñalarla con un arma blanca tipo faca”.

“El femicidio no se concretó porque la mujer logró pedir ayuda y una hermana de ella se interpuso para que Castellano depusiera su actitud”, aseguró la funcionaria del MPA.

Por otro lado, detalló que “un adolescente que vivía en un inmueble vecino advirtió lo que sucedía y comenzó a perseguir al agresor”. También puntualizó que “el condenado entonces utilizó la faca para atacar al joven, con la intención de quitarle la vida”. Según resaltó, “la víctima pudo sobrevivir gracias a que recibió pronta y efectiva atención médica”.

Calificaciones penales

Por los ilícitos en perjuicio de la mujer que era su pareja, Castellano fue condenado como autor de los delitos de tentativa de femicidio, explotación de la prostitución ajena agravada y amenazas coactivas (dos hechos). A su vez, por el ataque al adolescente, se le impuso la pena como autor de tentativa de homicidio.