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Mitos y realidades del aborto legal en Santa Fe

En la provincia de Santa Fe se encuentra vigente el protocolo de Interrupción Legal del Embarazo por causales desde el 2012

En todo el territorio santafesino se puede acceder a un aborto legal en los hospitales al estar vigente desde abril de 2012 el protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), elaborado por el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable del Ministerio de Salud de la Nación al que el Ministerio de Salud de la provincia adhirió a través de la resolución N° 612 con sus posteriores modificaciones.

El aborto no punible puede ser practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer bajo las causales que establece el Código Penal de la Nación Argentina en el artículo 86 inciso 2: si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida de la mujer y si este peligro no puede ser evitado por otros medios (artículo 86, segundo párrafo, inciso 1°, Código Penal de la Nación); si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la salud de la mujer y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; si el embarazo proviene de una violación; si el embarazo proviene de un atentado al pudor sobre mujer idiota o demente. En marzo de 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dictó a través del fallo F.A.L. que quien se encuentre en las condiciones descriptas para un aborto legal: "(...) no puede ni debe ser obligada a solicitar una autorización judicial para interrumpir su embarazo, toda vez que la ley no lo manda, como tampoco puede ni debe ser privada del derecho que le asiste a la interrupción del mismo ya que ello, lejos de estar prohibido, está permitido y no resulta punible".

Asimismo, en base al nuevo Código Civil se entienden algunos conceptos en relación a las edades de las solicitantes, como por ejemplo que las mayores de 16 se consideran responsables para decidir acerca de intervenciones sobre su persona y las menores a esa edad tienen derecho a ser escuchadas y participar en las decisiones que se tomen. En las menores de 13 se considera la opinión con el representante legal, y menores de 14 el consentimiento para ILE necesita de la firma de representante legal. En caso de conflicto de interés entre representante y representado, se judicializará. Por otro lado, en caso de "confirmar violación y niño con núcleo familiar abusivo, el equipo de salud debe hacer la denuncia ante organismos protectores de derechos de la víctima: fiscalía de delitos sexuales, centro de asistencia jurídica a la víctima, comisaría de la mujer" y si se confirma violación "sin núcleo abusivo, el equipo de salud acompañará al representante legal para realizar las denuncias pertinentes".

En diálogo con UNO Santa Fe, Oraldo Llanos, coordinador de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud de la provincia explicó qué es lo que se hace en primera instancia en un hospital público de la provincia si llega una mujer -sea niña, joven o adulta- a solicitar un aborto no punible: "Se la atiende. Nosotros no judicializamos las cosas -se refiere a ir a la Justicia a solicitar un permiso para realizar la práctica- como sistema de salud. Sí estamos para ver el entorno, ver si esa persona pudo haber sufrido algún tipo de maltrato o de abuso, por quién está acompañada, dónde vive y ante la duda nos ponemos en contacto con otros ministerios o fiscalías. Pero no es como era antes históricamente que se hacía una denuncia si se suponía el aborto, eso no. Es un acompañamiento que hay que hacer en el que se está muy atento porque hay lugares donde realmente la situación de abusos particularmente hacia las mujeres terminan en embarazos y en niñas. En los últimos años hemos logrado, con los trabajos de los equipos y de la población que ha colaborado muchísimo, disminuir el embarazo en adolescentes y niñas. Por esto nos han felicitado mucho porque es lo más difícil de bajar y da una idea de que las personas están un poco más cuidadas y más autónomas".

En este mismo sentido, Paula Condrac, abogada e integrante de la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito indica: "Cuando una niña, adolescente o mujer llega a un hospital embarazada producto de una violación, que en caso de niñas se presupone que no hubo consentimiento, no se activa absolutamente nada en la Justicia Penal desde el fallo FAL en adelante que, además de entender la causal violación, toma el tema de los casos fraguados. Lo primero que se salió a decir es que las mujeres iban a inventar una violación para poder abortar, y la CSJN dice expresamente que si esto llegara a suceder, las mujeres víctimas reales de un delito de violación no tienen por qué sufrir las consecuencias de un hipotético caso falso. Se activa el protocolo que la provincia de Santa Fe tiene y sin ningún tipo de denuncia penal, ni de investigación de ningún fiscal, ni de la participación de un juez, con la información que le dé el equipo de salud y con la declaración jurada que firme la mujer, es suficiente para que acceda a un aborto legal".

Solicitud de la práctica

En la ciudad de Santa Fe la realidad de los hospitales y del acceso a la información hace que en su mayoría las mujeres lleguen a solicitar una interrupción legal del embarazo a través de la asistencia de socorristas, que son grupos de personas que generan espacios de contención y acompañamiento. La médica Flavia Del Rosso (M.P. 3905), de la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir y socorrista, explica a UNO: "Hay varias agrupaciones en la ciudad como las Socorristas en Santa Fe (342-6309252), las Nanas (342-4461911) y las Ana María (342-4465147), a las que llegan las mujeres en general porque es bastante irregular en los efectores de salud la presencia de profesionales que acompañen estas situaciones. Lo más accesible hoy son las socorristas, porque tenemos experiencia en conocer lugares y profesionales que garantizan derechos. El ocultamiento de esta práctica sigue haciendo que sea un tabú".

"En la ciudad de Santa Fe hay muchos centros de salud que atienden estos casos y hospitales de baja complejidad también. El gran problema está con los hospitales de alta complejidad. En Rosario, la situación es diferente porque hay acompañamiento en todos los niveles de salud. Y en el norte de la provincia suponemos que está bastante difícil porque nos llegan solicitudes de mujeres que eligen trasladarse hasta acá para hacer una interrupción para gestaciones que realmente se podrían hacer en su domicilio con asistencia adecuada", agregó.

Según el protocolo vigente, la interrupción del embarazo es un procedimiento sumamente seguro si es practicado con los instrumentos y en las condiciones adecuadas. Se advierte que las personas que tienen derecho a la interrupción legal del embarazo deben recibir una atención integral en los efectores de salud que consiste en brindar un trato humanitario que incluya la recepción y orientación de las personas para responder a sus necesidades de salud emocional y física; garantizar la atención clínica adecuada de acuerdo a los criterios éticos, legales y médicos en vigencia; intercambiar información amplia y completa con las personas involucradas para que exista efectivamente un proceso de consentimiento informado; ofrecer consejería en anticoncepción y cuidados posteriores luego del procedimiento.

Luego de la recepción de la solicitante, se le realiza una entrevista inicial en un espacio de consejería donde se la asesora sobre todas las alternativas posibles en relación al embarazo, y en los casos en que los hubiera, los riesgos para la salud relacionados con dichas opciones. Si la persona decide abortar después de esta instancia debe firmar un documento de consentimiento informado que describe todo el proceso de atención e implica que la persona manifiesta que contó con toda la información necesaria para tomar decisiones en forma autónoma y consciente.

"Cuando la mujer que consulta manifieste que el embarazo que cursa es producto de una violación, el médico tratante debe solicitarle que realice una declaración jurada en la que exprese haber sido víctima de un hecho de ese tipo. Bajo ninguna circunstancia es necesario que describa los hechos y detalles, incluso si en el modelo de HC o consentimiento que se utilice se solicitan. En ningún caso corresponde pedirle otro tipo de constancia, documentación o información que la declaración jurada, ni que realice gestión alguna ante otras personas o instituciones. Tampoco es requisito la denuncia policial o judicial", dicta el protocolo ILE. Este documento además puede ser presentado posteriormente ante la Justicia en el caso que el delito de violación sea denunciado.

Al mismo tiempo, Del Rosso agregó: "En relación a la causal salud entendemos que tiene que ver con una cuestión integral donde los valores biológicos, psíquicos y sociales interactúan mutuamente y se potencian o al contrario se perjudican cuando está afectado uno de ellos. Por eso apuntamos a que no solo se trata de lo físico, porque un embarazo podría complicarse con una enfermedad es bastante claro, pero cuando hay una situación social donde la mujer no está en condición para tener un hijo, o está en riesgo de perder el trabajo o va a tener que dejar los estudios, estas son cuestiones que van a perjudicar a la mujer a largo plazo porque van a empeorar su calidad de vida. Y también a lo psíquico cuando genera mucha ansiedad o sufrimiento esa gestación".

Procedimiento

En caso de requerir el procedimiento, lo que se hace en primera instancia es una evaluación médica que incluye una anamnesis, antecedentes clínicos y otros estudios complementarios que pueden llegar a surgir a partir de los chequeos iniciales. Asimismo, por recomendación de la Organización Mundial de la Salud, para determinar la edad gestacional, en general, es adecuado considerar la fecha de la última menstruación, el examen pélvico bimanual, abdominal y/o el reconocimiento de los signos del embarazo. También pueden utilizarse el análisis de laboratorio o una ecografía.

Ahora, las opciones terapéuticas pueden ser por vacunación e isoinmunización Rh o por evacuación uterina con procedimiento medicamentoso -la OMS recomienda el misoprostol combinado con mifepristona-, y serán indicadas dependiendo de la edad gestacional, el deseo de la mujer y las posibilidades del centro asistencial. "Hoy estamos realizando las prácticas con misoprostol que sabemos que es una droga segura que se mantiene estable en condiciones ambientes, que la mujer la puede usar en su casa hasta las nueve semanas con seguridad en su domicilio, y entre las nueve y las 12 semanas con un acompañamiento. Hay algunas cuestiones por ejemplo que la persona que lo ingiera no sea alérgica a la aspirina, porque el misoprostol viene con diclofenac, que como son "parientes" puede generar alguna reacción. También es importante que no tenga antecedentes de problemas de coagulación".

"En nuestra provincia tenemos la ventaja que previamente las mujeres han pasado por el sistema de salud y han sido valoradas por una médica, entonces hasta la semana 12 habitualmente se hace en domicilio salvo que haya cuestiones como que la mujer no pueda estar en la casa, que esté sola o que sea víctima de violencia y en esos casos se decide internar. Y a partir de las 12 semanas ya hay internación porque ya hay riesgo de complicaciones, sobre todo en el caso que haya cesáreas previas, es muy importante un control más estrecho para que no haya complicaciones por hemorragias o por otra situación por el uso de misoprostol", indicó la médica.

El misoprostol es un medicamento legal que se vende en cualquier farmacia. Viene en pastillas y cada una está compuesta de 200 microgramos de misoprostol (remedio abortivo) y 50 miligramos de diclofenac (remedio para el dolor). Cada caja trae cuatro blisters con cuatro pastillas cada uno, en total son 16. Según la Federación Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología, nueve de cada 10 mujeres abortan cuando usan 12 pastillas. Algunas usan ocho pero hay más posibilidades de que queden tejidos en el útero y que la mujer necesite atención médica después del aborto. Según la OMS y la Flasog, las mujeres pueden elegir entre dos maneras de usar las pastillas: ponerse en el fondo de la vagina cuatro pastillas de misoprostol cada 12 horas, tres veces; o ponerse abajo de la lengua cuatro pastillas de misoprostol cada tres horas, tres veces. Se puede acceder a más información haciendo clic aquí y también, en la guía técnica y de políticas para sistemas de salud para un aborto sin riesgos elaborada por la OMS, haciendo clic aquí.

Mitos

En pleno debate por la legalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, la diputada nacional Elisa Carrió aseguró en televisión abierta que de aprobarse el aborto, los delitos de violación quedarían impunes. Por su parte, la vicepresidenta Gabriela Michetti se manifestó en contra del aborto no punible aún en caso de violación y propuso dar al hijo producto de un embarazo forzado en adopción: "Ver qué te pasa en el embarazo, trabajar con psicólogo, no sé...". Al ser consultado por estas afirmaciones, Llanos describió en ese momento a UNO: "No creo que una cosa tenga que ver con la otra, por el contrario, históricamente las situaciones de abuso, al ser ilegales algunas situaciones de abortos, hace que las personas tengan miedo de decirlas por ser denunciadas. Entonces inhabilita más a la persona a consultar y que el Estado la acompañe, se criminaliza. En términos generales no compartimos ese pensamiento, es al revés. En mayor o menor medida cuando se mejoró la accesibilidad, las leyes favorecen que las personas puedan ser acompañadas por su entorno o por el Estado y han disminuido las situaciones de violencia, por eso lo hacen en países de Europa, África o en Estados Unidos, aunque cada uno con sus particularidades. Pasa por respetar los derechos de las mujeres y ni hablar de la gente que es más joven, que muchas veces tiene menos posibilidades de defenderse, de accesibilidad, de instrucción o económicas. Cuando uno más visibiliza eso y hace que no sea punible de ningún modo, se ve si hay situaciones de violaciones de derechos para ir a hacer una denuncia adonde corresponda. La experiencia en el mundo es otra".

En esta línea, Condrac se mostró crítica con las posturas de estas figuras políticas del gobierno nacional: "Es justamente al revés, porque si el objetivo de ella -por Carrió- es probar una violación, con el material genético que se recolecta se podría probar. De todas maneras no es en absoluto el eje del debate -del proyecto IVE-, porque no se necesita probar el delito de la violación para hacerse un aborto, simplemente con que la mujer lo manifieste en una declaración jurada es suficiente, hoy en día es así. Retroceden cien años en el tiempo ambas opiniones. No son representativas de las mujeres porque no son palabras de la ley actual. Michetti es más represiva que el Código Penal de 1921, porque este permite el aborto en caso de violación. Carrió pretende probar un delito que la misma Corte Suprema en el fallo F.A.L. dice que no es necesario probar ni denunciar, si la mujer quiere hacerlo puede hacerlo. Si es necesario, perseguir al violador. Ya se ha demostrado las muertes que causa el estado vigente de la ley, y nuestros representantes están llamando a que no se cumpla. Merece un serio cuestionamiento. No hay nadie a quien salvar. Nadie salva a nadie. Se necesitan leyes que organicen los contenidos políticos y las libertades de las personas, que de todas maneras las mujeres a esas libertades nos las tomamos igual pero el Estado no nos cuida".

En relación a la asistencia psicológica en un contexto de aborto, Llanos explicó: "Cualquier persona puede recurrir a una profesional de la salud mental para el tratamiento de una enfermedad, patología o emoción violenta pero no necesariamente estas situaciones requieren tratamiento de salud mental porque tiene que ver muchas veces con lo que la persona decide en el ejercicio de sus derechos. Son opiniones. Asociar un problema de salud mental con toda la temática del aborto, no vemos que sea así en la mayor cantidad de situaciones, no vemos que sea una asociación. Desde ya que el equipo de salud lo ofrece y acompaña interdisciplinariamente pero no porque sea una patología. Por ejemplo esto se ve en tratados internacionales en los casos donde una zona ha sido ocupada militarmente por otra nación y suceden abusos que terminan con embarazos que son forzados, las personas tienen un sufrimiento enorme. Habrá situaciones donde después se da en adopción cuando termina el embarazo o incluso lo terminan aceptando a ese nacimiento, pero la mayoría de las veces cuando la persona ha sido violada no lo ven favorablemente el continuar con esa gestación porque incluso está comprobado que el estrés materno afecta al feto. Es algo muy personal, no se puede obligar con una ley a exponer a un alto sufrimiento por continuar con ese embarazo. El tema es trabajar para que ese embarazo ni los abusos se produzcan, que haya anticoncepción y que se acompañe con todo lo que tiene que ver con la salud sexual".

Por otra parte, al ser consultada por la teoría de tráficos de fetos u órganos de fetos expuesta en numerosas ocasiones durante las exposiciones que se están llevando a cabo en el Senado para debatir el proyecto IVE , Del Rosso desde su experiencia médica expresó: "Esa es una gran falacia al igual que por la legalización del aborto va a incrementarse el costo en el sistema de salud, cuando es justamente lo contrario porque al disminuirse las complicaciones los costos se reducen. Es materialmente imposible hacer una ablación de órganos de fetos. Imaginemos los dos dispositivos que se despliegan cada vez que hay que hacer una ablación o un trasplante, son enormes, es una intervención sumamente compleja donde además hay que testear la compatibilidad entre donante y receptor".

"Son cuestiones que circulan, como también dicen que se podrá interrumpir el embarazo hasta los nueve meses, cuando sabemos que el límite es cuando hay inviabilidad fetal. Esto quiere decir que es cuando el feto ya puede vivir autónomamente por fuera del cuerpo de la mujer y en este caso ya no estamos hablando de una ILE, sino de un parto prematuro. Así que en esas situaciones se intenta acompañar a la mujer para prolongar lo máximo posible la vida intrauterina. Hoy en la ILE no hay límites en la edad gestacional porque la ley no lo establece", expresó.

Legalización de la interrupción voluntaria del embarazo

Aunque bajo causales existe la opción legal de recurrir a un aborto no punible, en Argentina se lucha activamente por la legalización de la IVE. Para Del Rosso la experiencia de la aplicación del protocolo ILE en Santa Fe refleja la necesidad de ampliar derechos: "Los casos de complicaciones que llegan a los hospitales por prácticas de abortos inseguros se han reducido en los últimos años en la provincia porque al haber acceso a un medicamento que es seguro y que permite realizar la interrupción de manera ambulatoria, por supuesto una mujer cuando maneja esta información va a tratar de encontrarse con alguien que le dé esta opción. Las prácticas inseguras son las que a veces una recurre por la desesperación".

Es importante una ley de interrupción voluntaria del embarazo porque permitiría que se hable del tema, que deje de ser un tabú, que las mujeres sepamos que podemos acceder a la práctica y que no vamos a ser criminalizadas, ni perseguidas porque si bien esta posibilidad está contemplada en el Código Penal desde 1921, hoy día no se respeta y es enorme la disparidad entre las provincias. Por otro lado, visibilizaría a quienes realizamos la práctica para poder tener datos, cifras, porque en la actualidad no estamos teniendo información adecuada ni precisa, porque en muchas otras provincias ocurre que las mujeres se acercan en circunstancias terribles. Entonces, no sabemos cuántas pudieron hacerse la práctica de manera segura. Nos ayudaría a pensar mejor en estas políticas públicas", opinó la socorrista.

Por su parte, Condrac apunta: "Existe el control político sobre el cuerpo de las mujeres. Una mujer está obligada a mantener o alojar en su cuerpo al menos nueve meses un embarazo. Lo mejor que nos puede pasar a todas es desearlo y en ese caso no es obligatorio. El tema es cuando no querés por la causal violación, salud, o porque simplemente no pertenece a tu proyecto de vida; en esos casos estás obligada igualmente a sostener un embarazo y a darlo después en adopción. Ahí es donde hay un control político sobre los cuerpos, y es donde reclamamos la libertad, el dominio y la soberanía sobre nuestros cuerpos para no aceptar en esos casos un embarazo que no consentimos. Esto que decimos que no somos frascos donde germina un poroto. Es muy simple y a la vez tan resistido, por eso siempre decimos que en el fondo de todo esto no está una vida ni las dos vidas, porque sino se preocuparían muchísimo por todos los embriones que descartan cotidianamente en las fertilizaciones asistidas".

"Acá lo que se resiste es el reconocimiento legal de la libertad de las mujeres porque en realidad las mujeres abortamos. Lo que no aceptás es que esto esté legalizado y despenalizado. Va a seguir sucediendo hasta que salga la ley. El eje del debate y de la discusión es la libertad de la mujer. Ni siquiera es la salud pública, que es un eje muy importante, pero es secundario porque las muertes vienen porque no se deja a las mujeres hacer libremente lo que desean cuando quieren abortar. Y la salud pública además no se ve resentida con aquellas mujeres que pueden pagarse un aborto en una clínica. En orden de determinación, lo fundamental es el reconocimiento de la libertad de las mujeres y la soberanía sobre nuestros cuerpos. Porque además no se entiende cómo no hay multitudinarias manifestaciones frente a clínicas de fertilización asistida", argumentó.

Objeción de conciencia

Por último, ante la insistencia de sectores detractores al proyecto IVE para que se incluya a las instituciones como objetoras de conciencia y no solo -como es en la actualidad-- a los profesionales, UNO consultó a Llanos sobre cómo impactaría este cambio de acuerdo a las experiencias con la ILE: "No vemos la figura de objeción de conciencia institucional. Lo que sí son situaciones individuales de verse afectadas de no hacer una práctica a un paciente, entonces objetan esa práctica por razones muy profundas de creencias o personales. Asimismo deberían asegurar que esa persona resuelva el problema porque para eso son parte del Estado y nadie obliga a nadie a ser parte del Estado, ¿no es cierto? Si se restringe la accesibilidad y el acompañamiento a las personas en cosas que necesitan seguro es una falta de garantía de derechos humanos, está dentro de los derechos sexuales y reproductivos. No es deseable que una mujer llegue a un hospital y no pueda ser tratada".

En este contexto, ante la difusión de profesionales de la salud adelantando que no participarán de las prácticas de interrupción de embarazos, la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir impulsó una campaña "Contá con nosotrxs", en donde expresan a través de un comunicado: "Acompañamos a las personas gestantes en lo que sea que decidan, que ellas decidan. Trabajamos a conciencia y acorde a los estándares establecidos mundialmente, no forzamos a nadie ni a una maternidad obligatoria ni a un aborto inseguro".

 

Esta nota fue originalmente publicada en UNO Santa Fe.